D3 de Beyuna se elabora con liquen y hierba de alfalfa. El liquen es una fuente natural de vitamina D3 y esto hace que D3 de Beyuna sea vegano.
Beyuna se ha sumado al «etiquetado limpio», lo que significa que este complemento no contiene ningún relleno sintético, ni aditivos ni colorantes.
D3 de Beyuna se presenta en una cápsula vegetal elaborada a partir de pululano, que se obtiene de la tapioca fermentada de forma natural.
Contiene: 60 cápsulas vegetales
BEYUNA D3
La dosis recomendada para adultos es de una cápsula al día.
Una cápsula contiene:
Ingredientes | *I.R. | Contenido | |
---|---|---|---|
Hierba de alfalfa | |||
Vitamina D3 (colecalciferol; de: liquen) | 1500 % | (3000 UI) | 75 µg |
*IR= Ingesta de referencia para adultos
Cápsula: vegetal (pululano)
BEYUNA D3
Vitamina D3 |
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La vitamina D contribuye a la absorción/utilización normal de calcio y fósforo |
La vitamina D contribuye a los niveles normales de calcio en sangre |
La vitamina D contribuye al mantenimiento normal de los huesos |
La vitamina D contribuye a la función normal del sistema inmunológico |
La vitamina D tiene un papel en el proceso de división celular |
La vitamina D es necesaria para el crecimiento y el desarrollo normales de los huesos en los niños. |
La vitamina D contribuye a la función normal del sistema inmunológico en los niños. |
La vitamina D contribuye al mantenimiento de la dentadura normal |
La vitamina D contribuye al mantenimiento de la función muscular normal |
BEYUNA D3
USO |
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1 cápsula al día durante o después de la comida. |
No exceda la dosis diaria recomendada. |
Los complementos nutricionales no son un sustituto de una dieta equilibrada. |
Es fundamental seguir un estilo de vida saludable y una dieta variada y equilibrada para mantenerse sano. |
RECOMENDACIONES DE ALMACENAMIENTO |
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Conservar en un lugar oscuro, cerrado y fresco (15-25 °C), fuera del alcance de los niños. |
Este complemento alimenticio no es recomendable para niños menores de 11 años. |
BEYUNA D3
Según las Directivas de la CE 2000/13, 2003/89, 2005/26, 2005/63, 2006/142, 2007/68 y sus correspondientes actualizaciones.
Alérgeno | presente/No |
---|---|
Cereales que contienen gluten y productos derivados | No |
Crustáceos y productos derivados | No |
Huevos y productos derivados | No |
Pescado y productos derivados | No |
Cacahuetes y productos derivados | No |
Soja y productos derivados | No |
Leche y productos derivados, incluida la lactosa | No |
Frutos secos y productos derivados | No |
Apio y productos derivados | No |
Mostaza y productos derivados | No |
Semillas de sésamo y productos derivados | No |
Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/l, expresados como SO | No |
Altramuz y productos derivados | No |
Moluscos y productos derivados | No |
Sin OGM
En 2012 se aprobó la legislación europea relativa a las declaraciones de propiedades nutricionales y saludables de los alimentos (el Reglamento de la Comisión). El Reglamento de la Comisión es un Reglamento Europeo (432/2012) que establece la información que puede facilitarse en relación con el efecto de las vitaminas, los minerales y otros nutrientes presentes en los productos (en los envases, las etiquetas, los sitios web, los anuncios, los folletos, los libros y en las redes sociales).
Solo pueden hacerse declaraciones de propiedades saludables que se ajusten a las disposiciones del correspondiente Reglamento. Estas declaraciones ofrecen información sobre el efecto que un determinado ingrediente tiene sobre la salud. Las declaraciones de propiedades saludables aprobadas son las recomendadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés). Durante muchos años, las empresas podían presentar declaraciones de propiedades saludables, pero, por desgracia, muy pocas recibían la autorización correspondiente. Debido a que muchas se rechazaron, algunos nutrientes no cuentan con la correspondiente declaración autorizada.
Los complementos alimenticios no son un medicamento y solo pueden contribuir a mejorar la salud. Esto significa que nunca se pueden hacer declaraciones de carácter médico en relación con los complementos.
Hoy en día todos tenemos derecho a la libertad de expresión y es posible hacer declaraciones sobre el efecto de un nutriente a través de artículos, folletos o en sitios web, pero en ese caso no se puede hacer publicidad de ningún producto concreto ni hacer ninguna referencia en este sentido.
Junta de Inspección para la Promoción de Productos Para la Salud
La publicidad de medicamentos para el autocuidado, ayudas médicas (para el autocuidado) o productos para la salud se hace en beneficio de la salud pública, aunque requiere una reglamentación clara. La industria, los medios de comunicación y los anunciantes reconocen su responsabilidad social y han creado una serie de normas que la publicidad debe cumplir.
Esta normativa ha sido confeccionada por la Fundación Neerlandesa para la Supervisión de la Publicidad de Productos Médicos (KOAG, por sus siglas en neerlandés) y la Fundación Neerlandesa para la Promoción de Productos para la Salud (KAG, por sus siglas en neerlandés). En nombre de KOAG y KAG, la Junta de Inspección supervisa la publicidad de medicamentos, ayudas médicas (para el autocuidado) y productos para la salud.
Las empresas pueden verificar sus declaraciones a través de KOAG y KAG. Si se verifica y autoriza una declaración, la empresa recibe un número de autorización. Esta información se puede consultar en las declaraciones presentes en, por ejemplo, el folleto.
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